Características
- Cocina: Sólo Muebles
- Orientación: Este
- Estado: Disponible
- Certificado energético: G
- Certificado emisiones: E
- Emisiones: 39
Detalles
Piso bajo reformado *A ESTRENAR*, en José María de la Puerta, pensado para quien busca empezar una nueva etapa con comodidad y sin complicaciones. Con 73 m² construidos, la vivienda ha sido reformada recientemente, ofreciendo un ambiente actual, práctico y listo para entrar a vivir. Dispone de tres dormitorios con orientación este, lo que aporta una luz agradable desde primera hora del día. Toda la vivienda mantiene una línea moderna y funcional, ideal para el día a día. Al ser una planta baja, el acceso es cómodo, algo que se valora mucho en el uso diario. Además, la zona cuenta con buenas conexiones de autobús y servicios cercanos, incluyendo colegios y todo lo necesario a mano. Una opción muy equilibrada para quien quiere una vivienda lista para entrar a vivir. ¿HABLAMOS? Por expreso deseo del propietario gestionamos este inmueble con carácter de EXCLUSIVA. Con ello garantizamos, a todas las partes, un servicio de mayor calidad y sin interferencias de terceros. Rogamos no molesten al propietario del inmueble -ni a posibles ocupantes, inquilinos, o al vecindario- , sino que se dirijan directamente a nosotros para cualquier cuestión relacionada con el mismo. Si pertenece a una agencia inmobiliaria y tiene un cliente interesado en él, póngase en contacto con nosotros, estaremos encantados de colaborar. Los precios y condiciones presentadas no son vinculantes y pueden estar sujetos a cambios. * Gastos asociados a la compra no incluidos en el precio de venta para inmuebles en segunda transmisión: Impuesto Transmisiones Patrimoniales: Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma según las circunstancias personales del comprador. El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior. Con bonificación: 3% - Sin bonificación: 7,75% Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial. Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Registral Honorarios de agencia: 3% +IVA sobre precio de compraventa, con un mínimo de 3.000 ? + IVA (No incluidos en el precio de venta). * Para primera transmisión de inmuebles (obra nueva), será de aplicación, en vez del ITP, el IVA al tipo legal aplicable y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados